Venice: una mancha más al Tigre

by Sabrina Garcia | 10 noviembre, 2014 9:20 am

Opinión, Sabrina García[1]


Por Sabrina García*

El último temporal provocó importantes inundaciones en varios municipios del conurbano. San Fernando fue uno de ellos, con el trágico saldo de un joven muerto. Numerosos especialistas han señalado el impacto negativo que tiene la construcción de countrys en zona de humedales.

En San Fernando Nuestro hemos compartido muchas noticias vinculadas a este tema, entre las cuales destacamos la columna de opinión de Patricia Pintos, Geográfa e Investigadora del Centro de Investigaciones Geográficas (CIG). Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (UNLP-CONICET), de la Universidad de La Plata (ver: Llegó la hora de poner freno al urbanismo privado en humedales[2]).

En muchos casos hablamos de emprendimientos inmobiliarios ya instalados, pero el caso de Venice es un proyecto que está en marcha y podría ser, frenado a tiempo, el inicio de un cambio en las construcciones en los humedales. El proyecto Venice Ciudad Navegable se desarrolla sobre un predio privado de 32 hectáreas y con un frente de 500 metros sobre el río Luján, en el partido de Tigre. Es necesario recordar que allí funcionaba hasta principios de la década de los noventa Astilleros Argentinos Río de la Plata SA (ASTARSA), en el cual, en marzo de 1976, tras el golpe de Estado, el Ejército detuvo a 60 trabajadores, de los cuales 12 continúan desaparecidos y por el cual fueron condenados, recientemente, 6 represores en el Juicio de los Obreros en la Megacausa de Campo de Mayo.

Volviendo a Venice, la desarrolladora inmobiliaria TGLT está a cargo del proyecto que se presenta como un desarrollo urbano bajo el concepto de “ciudad navegable”. Su planificación urbana, diseñada por DPZ (Duany Plater-Zyberk & Company) de Estados Unidos, en asociación con el estudio argentino BMA (Bodas Miani Anger & Asociados), incluye un extenso programa residencial, con locales comerciales y una marina propia.

Dada su magnitud, la concreción del proyecto Venice Ciudad Navegable se desarrollará en etapas. La primera de ellas se ejecuta sobre 8 hectáreas y está a cargo del estudio Mc Cormack Asociados. Prevé la construcción de 11 edificios residenciales de 10 pisos de altura situados en el sector más cercano al eje urbano de la Ciudad de Tigre y suma 9 edificios de 4 pisos. Además se desarrollan los canales, un puerto deportivo y náutico y un total de 48 “town houses” con amarras propias. También se ejecutan los diferentes servicios que ofrece la urbanización como piscinas exteriores, spa, vestuarios, gimnasio, salón de usos múltiples y una escuela y guardería para kayaks y canoas.

En este contexto, como demuestra el trabajo de la investigadora de la Universidad Nacional de la Plata, Patricia Pintos, la gestión de emprendimientos urbanos de tipo cerrado que se localizan sobre humedales de la cuenca baja del río Luján, como el proyecto en cuestión, presenta comprobados perjuicios territoriales, al verse afectados ecosistemas de gran fragilidad ambiental y significativo valor patrimonial.

Según un estudio de la Fundación Vida Silvestre, esta forma de urbanización de baja densidad implica la aplicación de tecnologías que conllevan una transformación del relieve y del drenaje superficial, con una destrucción y un reemplazo total de los ecosistemas originales, a fin de alcanzar la cota de seguridad frente a los periódicos procesos de inundación. En la mayoría de los casos, el movimiento de los suelos, la intensa modificación del relieve, la afectación irreversible del drenaje superficial, la desaparición o la transformación de los cuerpos de agua naturales y la creación de nuevos lagos, lagunas y reservorios se han realizado solamente bajo la lógica de alcanzar la cota de seguridad y de disponer de un máximo posible de parcelas en contacto con el agua.

Al igual que las demás urbanizaciones cerradas acuáticas existentes en la cuenca baja del río Luján, el proyecto Venice Ciudad Navegable implica una transformación del terreno natural a través de terraplenamientos, rellenos, excavaciones y refulados en zonas que en principio están constituidas por bañados y humedales. Esto se desprende de las propias declaraciones de los responsables del proyecto que a continuación se mencionan (Véase el periódico El Constructor, número 4931, Año 111, 22 de octubre de 2012. Disponible en http://issuu.com/elcoblog/docs/4931?mode=window&pageNumber=4[3]).

“Organizamos esto como un lugar donde se entrelaza la ciudad que está de un lado y el río, que está del otro lado; entonces está todo el masterplan pensado como peines invertidos donde el agua entra por un lado y sale por el otro. Armamos el proyecto en cinco franjas: tres de las cuales son construidas y dos son las vacías (canales de agua), que tienen características bien diferentes entre sí”, explicó Mike McCormack, a cargo del estudio McCormack & Asociados, responsable del masterplan de esta primera etapa de Venice.

Para la construcción de Venice se hará un intenso trabajo de movimiento de suelos ya que “la idea es que esté equilibrado, que todo lo que se saque para abrir los canales se vierta como relleno de tierra ahí mismo. Habrá unos 100.000 Metros cúbicos de movimiento de suelos aproximadamente”, estimó Luis Gradín, gerente de Proyecto en TGLT. Para regular las crecidas del río y evitar posibles inundaciones, está en estudio la “instalación de unas esclusas neumáticas solamente para el sector denominado arroyo interno. El resto de los canales, responderán a las mareas propias del río pero todo el sistema de canales internos se ha diseñado hidráulicamente contra la sudestada”, informó Gradín.

Además, entre los primeros trabajos a realizar, el gerente Comercial y de Marketing de Venice, Nelson Acosta García, mencionó que “se rellenará hasta lograr una altura de 1,20 metros en todo el terreno y se rellenará también para completar la línea de costa dado que actualmente hay solamente 200 metros de muelle y se llegará a 500 metros”. En tanto, el gerente de Proyecto de TGLT, Luis Gradín, señaló: “toda la primera etapa será polderizada y no existirán viviendas por debajo de la cota de 4 m igm”.

Finalmente, y de acuerdo a la normativa vigente expresada en distintas leyes, decretos y resoluciones, cabe señalar que las urbanizaciones acuáticas pueden ser aprobadas si el predio se encuentra en zona apta para ese uso, y siempre y cuando se cumplimenten los requisitos básicos de aptitud hidráulica, impacto ambiental, provisión de servicios y equipamiento y las cesiones correspondientes a espacios verdes y de circulación, acordes a la magnitud del proyecto en términos de densidad de población y ocupación del suelo.

Al repasar el historial de ejecución de muchos de los emprendimientos localizados en el área de estudio, Pintos constata el inicio de obras hidráulicas sin las aprobaciones de los organismos correspondientes, o con permisos precarios sin que se haya agotado el conjunto de instancias de estudio y aprobación propias de una factibilidad técnica. Esto pone de manifiesto que tanto el conjunto de prácticas instituidas por los desarrolladores por la vía del “hecho consumado” -con la expectativa de ejercer una mayor presión en las instancias de evaluación técnica-, como la comercialización de las parcelas con antelación a la obtención de los certificados, sumado a la labilidad y permeabilidad de los gobiernos municipales y provincial para evaluar los proyectos y ejercer controles sobre las transformaciones del territorio, constituyen puntos críticos que merecen llamar la atención de las autoridades municipales y provinciales.

Sin querer abundar con información es necesario detallar las áreas que poseen competencia en emprendimientos de las características de Venice:

– la Dirección Provincial de Hidráulica debe certificar la aptitud del predio incluyendo información sobre la cota IGM de la zona (ver artículo 1 de la Ley 6254/60[4]);

– la Autoridad del Agua sobre la fijación y demarcación de la línea de la ribera sobre el terreno, determinando si el proyecto contempla un camino público de 35 metros hasta la orilla del río (“camino de sirga”), si el espejo de agua y canales previstos en el proyecto implican desviar el curso natural de las aguas, cavar el lecho de ellas o sacarlas de cualquier modo y en cualquier volumen para sus terrenos, si el proyecto afecta el curso natural del Rio Luján, alteración de la costa y modificación del camino de sirga; certificar el Estudio de Impacto Ambiental que debe presentar la empresa constructora;

– la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial, en el ejercicio de la intervención que le atribuye el art. 73 del DL 8921/77 y las competencias que le asigna la Ley 13757, como organismo responsable de la gestión técnico-urbanística correspondiente a los procesos de planificación física en el ámbito bonaerense; y

– la Subsecretaría de Asuntos Municipales otorga una constancia de aprobación que certifica el cumplimiento de los requisitos para la implementación de un barrio cerrado formalizado a través de un estudio urbanístico del terreno y su área de influencia, con las certificaciones técnicas pertinentes emanadas de los organismos municipales y provinciales, tal como lo establece el artículo 4 del Decreto 27/98.

Todo ello sin mencionar que a principio del mes de octubre y por medio del decreto 1762/2014 se declaró como lugar histórico nacional el lugar conocido como “La Anguilera” que perteneció a los Astilleros Argentinos Río de la Plata S.A. (ASTARSA), ubicado en dicho terreno. ¿Está previsto en el proyecto urbanístico Venice la demarcación de este espacio para la memoria?.

* Periodista. Directora de San Fernando Nuestro

Endnotes:
  1. [Image]: https://www.sanfernandonuestro.com.ar/wp/wp-content/uploads/2014/09/opinador-sabrina.jpg
  2. Llegó la hora de poner freno al urbanismo privado en humedales: https://www.sanfernandonuestro.com.ar/wp/llego-la-hora-de-poner-freno-al-urbanismo-privado-en-humedales/
  3. http://issuu.com/elcoblog/docs/4931?mode=window&pageNumber=4: http://issuu.com/elcoblog/docs/4931?e=1015304/10078000
  4. Ley 6254/60: http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/l-6254.html

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