POLÍTICA

Tres ex directivos de Ford no podrán salir del país a la espera del juicio por 24 obreros desaparecidos

Tres ex directivos de Ford no podrán salir del país a la espera del juicio por 24 obreros desaparecidos

La sala II de Casación Penal anuló una decisión del Tribunal Oral Federal N° 1 de San Martín y dio lugar al pedido del fiscal para que los tres imputados no salgan del país a la espera del juicio.

El equipo de fiscales que lleva adelante la acusación, compuesto por Marcelo García Berro, Guillermo Silva y Guillermina Jiménez, interpusieron un recurso cuando el TOF N° 1 de San Martín rechazó su pedido para que negaran la posibilidad de salir del país a los tres ex directivos de la automotriz Ford.

Se trata del ex gerente general Pedro Müller, el ex gerente de relaciones laborales Guillermo Galarraga y el ex jefe de seguridad Héctor Francisco Jesús Sibilla, todos ellos acusados por la desaparición de 24 trabajadores de la empresa.

La Sala II, integrada por los jueces Ángela Ledesma, Pedro David y Alejandro Slokar dijo, en su fallo, que “pesa sobre los magistrados un especial deber de cuidado para neutralizar toda responsabilidad de fuga o entorpecimiento de la investigación en estos hechos”, y agregó que “la finalidad de las medidas precautorias -como las aquí sugeridas- se dirigen a garantizar la efectiva presencia de los imputados en el juicio oral, que cobra aún más virtualidad ante la proximidad de la audiencia de debate”.

Casación destacó también que en las instalaciones de la fábrica Ford “funcionó un Centro Clandestino de Detención -al menos transitorio- de personas pertenecientes a la empresa cuya privación de libertad se produjo allí dentro (…) y a partir de los datos proporcionados por sus directivos”.

La fiscalía, en su pedido para que se reviera la decisión del TOF N° 1, había subrayado que “la capacidad económica de los imputados podría posibilitar sus rebeldías como así también el posible interés de una empresa extranjera de brindar apoyo de cualquier tipo para evitar que los imputados se encuentren a derecho, teniendo en cuenta que una condena en perjuicio de Müller, Galarraga y Sibilla afectaría, sin duda, la imagen de la multinacional”.

El equipo de fiscales también había advertido que “el Tribunal ha fundamentado su decisión exclusivamente en la conducta procesal asumida por los imputados, pero desconociendo que la imputación a Müller se refiere a su participación como alto directivo de una empresa multinacional con fuertes lazos económicos con las autoridades cívico-militares que llevaron adelante el plan sistemático de represión”.

Firma en disidencia

Si bien la Sala II de Casación Penal tomó esta decisión amparada en la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y sus recomendaciones, uno de sus integrantes votó en contra.

Se trata de Ángela Ledesma quien en su voto, argumento: “Sellada como está la suerte del recurso, sólo señalaré que encontrándose fundada la decisión del Tribunal y al existir, en el caso, medidas menos restrictivas que aseguran la sujeción de los imputados al proceso, entiendo que no debe hacerse lugar a los remedios interpuestos por el Ministerio Público Fiscal”.

Fuente: http://notas.org.ar/


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