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¿Cómo funcionarán las nuevas restricciones?
Por Sabrina García
El gobierno de Buenos Aires anunció hoy cuáles son las nuevas disposiciones que se ajustan al DNU anunciado por el gobierno nacional. Las nuevas medidas se pondrán en funcionamiento a partir del lunes.
A partir del decreto Decreto N° 4/2021 del Poder Ejecutivo Nacional en donde se sugiere limitar la circulación de noche para evitar la propagación del virus, el gobierno de la provincia de Buenos Aires anunció cuáles son las medidas que entrarán en vigencia el lunes 11 de enero a partir de la 1 hs.
El sistema propuesto por el gobierno bonaerense se adecua a cada uno de los 135 municipios en relación a la fase que transitan, de acuerdo con su situación epidemiológica y sanitaria. Según detallaron 17 municipios se encuentran en Fase 5, 109 en Fase 4 y 9 en Fase 3.
“En los municipios que se encuentran en fases 3 (tal es el caso de nuestra ciudad) y 4 se suspenderá entre las 01 y las 06 horas toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente”, indicaron desde el gobierno bonaerense.
Además, las nuevas disposiciones incluyen reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos; restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.
“Las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22.00 a 06.00 horas exclusivamente para este tipo de delitos”, indicaron desde el gobierno bonaerense.
En tanto, los municipios están habilitados al control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas y la aplicación de las multas correspondientes.
Quienes incumplan las medidas establecidas para fiestas y/o reuniones además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.